domingo, 30 de noviembre de 2008

Comentario de texto

Considerando haber perdido los reinos de Aragón y Valencia y todos sus habitadores por la rebelión que cometieron faltando enteramente al juramento de fidelidad que me hicieron como a su legítimo Rey y Señor, todos los fueros, privilegios, exenciones y libertades que gozaban y que con tan liberal mano se les hablan concedido así por mí, como por los señores reyes mis predecesores, (...) se añade ahora la del derecho de la conquista que de ellos han hecho últimamente mis armas con el motivo de su rebelión; y considerando también que uno de los principales atributos de la soberanía es la imposición y derogación de las leyes, las cuales, con la variedad de los tiempos y mudanza de costumbres, podría Yo alterar aun sin los grandes y fundados motivos y circunstancias que hoy concurren para ello en lo tocante a los de Aragón y Valencia; he juzgado por conveniente, así por esto como por mi deseo de reducir todos mis reinos de España a la uniformidad de unas mismas leyes, usos, costumbres y tribunales, gobernándose igualmente todos por las leyes de Castilla tan loables y plausibles en todo el Universo, abolir y derogar enteramente como desde luego doy por abolidos y derogados todos los referidos fueros y privilegios, prácticas y costumbres hasta aquí observadas en los referidos reinos de Aragón y Valencia siendo mi voluntad que éstos se reduzcan a las leyes de Castilla y al uso, práctica y forma de gobierno que se tiene y se ha tenido en ella y en sus tribunales, sin diferencia alguna en nada, pudiendo obtener por esta razón igualmente mis fidelísimos vasallos los castellanos, oficios y empleos en Aragón y Valencia de la misma manera que los aragoneses y valencianos han de poder en adelante gozarlos en Castilla sin ninguna distinción, facilitando Yo por este medio a los castellanos motivos para que acrediten de nuevo los afectos de mi gratitud, dispensando en ellos los mayores favores y gracias tan merecidas de su experimentada y acusada fidelidad y dando a los aragoneses y valencianos reciproca e igualmente mayores pruebas de mi benignidad, habilitándoles para lo que no lo estaban en medio de la gran libertad de los fueros de que gozaban antes y ahora quedan abolidos. En cuya consecuencia he resuelto que la audiencia de Ministros que se ha formado para Valencia y la que he mandado se forme para Aragón se gobierne y maneje en todo y por todo como en las dos Chancillerías de Valladolid y Granada, observando literalmente las mismas reglas, leyes, pactos, ordenanzas y costumbres que se guardan en éstas sin la menor distinción ni diferencia en nada (...)


Comenta el texto anterior.
1º Léelo detenidamente intentando comprender todos sus términos


2º Explica el significado de los términos en rojo en el contexto del texto


Rebelión que cometieron: "que cometieron" hace referencia al año 1700 y a la muerte del rey de la dinastía de los Austrias en España, Carlos II, el cual murió sin descendencia provocando así un revuelo de los pretendientes al trono de la corona española. Dichos pretendientes eran: de la dinastía borbónica, Felipe de Anjou y de la corona austriaca Carlos I de Habsburgo. Todo esto provocó una guerra por la sucesión de la corona española, uniendo a distintos territorios y decantándose por uno o por otro bando según sus propios intereses. Al terminar estas guerra en 1713 (salvo en Cataluña y Menorca que perdiró hasta 1714 y 1715), accede al trono español el rey de la dinastía borbónica y duque de Anjou Felipe V. La 'rebelión' se refiere a la oposición a que Felipe V fuese rey, y 'que cometieron' se refiere a los reinos de Aragón, los que no le apoyaron en su acceso al trono español.

Derecho de la conquista: se trata del derecho que Felipe V posee para conquistar los reinos de Aragón y Valencia. Felipe V obtiene este derecho a causa de su rebelión y victoria en dicha guerra.

Soberanía: Al ser una la monarquía de Felipe V absoluta, el rey concentraba los poderes del Estado español a nivel judicial, legislativo y ejecutivo, aunque delegaba parte del poder en las cortes. Felipe V gobernaba sin la prohibición y era capaz de alterar las leyes según convenga.

Derogar: Se denomina derogación, en Derecho, al procedimiento a través del cual se deja sin efecto las leyes y privilegios de los reinos de Aragón y Valencia. La derogación es la acción contraria a la promulgación.

Mis fidelísimos vasallos los castellanos: Felipe V hace refencia a los aliados (el Renino de Castilla) en la guerra de sucesón española. Los castellanos fueron los únicos aliados españoles que apoyaron la candidatura al trono de Felipe V.

Audiencia de Ministros: institución creada por el Rey para que supervise, maneje y controle en los reinos de Aragón y Valencia.

Chancillerías: podría decirse que es lo mismo que la Audiencia de Ministros pero aplicada en Valladolid y Granada, estos territorios comparten los mismos derechos y privilegios.


3º Haz un esquema de las ideas principales del texto indicando:
a. ¿Qué dos motivos da el autor para poder derogar los privilegios de Valencia y aragón?

-No ser aliados del rey en la guerra de sucesión.
-No jurar fidelidad o falta parcial de ella al Rey.
-Rebelión que cometieron en contra del Rey.


b. ¿Qué medidas para establecer la uniformidad de la inistración política establece el autor?

-Aragón y Valencia pierden los derechos del foralismo.
-Regularización de estos territorios a las leyes de Castilla (única moneda, castellano como lenguaje, una única Hacienda, etc)
-Libre acceso al trabajo de castellanos en Aragón o Valencia y viceversa.
-Formación de una audiencia de Ministros tanto en Valencia y Aragón.


4º ¿Qué tipo de texto es?

El texto corresponde a un decreto. Es un texto histórico- circunstancial, de carácter jurídico y contenido político, un decreto jurídico que impone ciertas leyes y deroga otras.


5º ¿Quién es el autor?

Felipe V de Borbón, llamado el Animoso, nació en Versalles (Francia)el 19 de diciembre de 1683 y murió en Madrid el 9 de julio de 1746. Fue rey de España desde el 15 de noviembre de 1700 hasta su muerte además de ser sucesor del último monarca Habsburgo de España, su tío-abuelo Carlos II, y primer monarca de la dinastía Borbón. Su reinado de 45 años y 21 días es el más dilatado de la monarquía hispánica.

6º ¿A quién va dirigido el texto?

A todos los habitantes de Aragón y Valencia.


7º ¿En qué fecha se sitúa?

Entre 1700 y 1713. Tras la muerte de Carlos II y la Guerra de Sucesión Española.

8º ¿Cuáles son las circunstancias políticas del momento?

El fin de la guerra de sucesión y la petición de fidelidad de los reinos de Aragón y Valencia.

9º Haz un comentario personal haciendo referencia a lo que supone el establecimiento de los Decretos de Nueva Planta en España.

Con el establecimiento de los decretos de Nueva Planta en España se comienza a dar forma a la idea de nación, aunque todavía inmadura. Se comienza a la eliminación de las instituciones y fueros establecidos en los territorios españoles, aunque hubo excepciones como los fueros del país vasco, del valle de arán y de Navarra. También se impone en todo territorio español una única moneda y una lengua común (el castellano), así como también las leyes de Castilla.
El reinado de Felipe V supuso una mejora en todo ámbito del territorio español, impulsando la economía y mejorando la política. Es el precedente directo de la España actual.

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